Nacional

La Procuraduría podrá seguir sancionando a elegidos por voto popular

Juan Esteban Orjuela Andrade

Juan Esteban Orjuela Andrade

Estudiante comunicación social y periodismo de la Universidad de Ibagué

Con cinco votos a favor y cuatro en contra, la Sala Plena de la Corte Constitucional tumbó este jueves, el artículo primero de la Ley 2094 de 2021, que permitía a los procuradores adelantar investigaciones en contra de los funcionarios elegidos por voto popular.

Con la decisión, la Corte Constitucional define que la Procuraduría mantendrá las facultades para investigar y sancionar a funcionarios elegidos por voto popular, pero la ejecución o aplicabilidad de la sanción queda suspendida hasta que el Consejo de Estado revise el caso y confirme la sanción.

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“En los términos del artículo 277.6 de la Constitución Política, la Procuraduría General de la Nación (PGN) es competente para investigar y juzgar disciplinariamente a los funcionarios públicos, incluidos los servidores de elección popular, salvo que gocen de fuero constitucional. En relación con la naturaleza de dicho control, se tiene que, según la jurisprudencia, es de carácter administrativo sancionatorio”, dice el fallo.

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