Ibagué

Alcaldía estableció medidas que mitigan el impacto de la actualización catastral en el sector rural

La modificación al Estatuto Tributario del Municipio incluyó una serie de medidas orientadas a mitigar el impacto de la actualización catastral en la zona rural de Ibagué, con especial énfasis en la protección de los pequeños propietarios.

Daniela Cabrera, secretaria de Planeación Municipal, explicó que la actualización catastral no se realizaba en el sector rural desde hace 10 años, lo que generó un desconocimiento de la realidad del territorio, donde durante la última década se desarrollaron nuevas actividades comerciales, parcelaciones agroturísticas y ecoturísticas, entre otras dinámicas.

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Pese a estos cambios, persistía una inequidad en las tarifas, ya que los pequeños propietarios pagaban el mismo valor que quienes poseen grandes extensiones de tierra.

“El anterior estatuto establecía que las tarifas en el sector rural eran iguales, es decir, pagaba una tarifa del 5 tanto el pequeño campesino que tenía una hectárea destinada para el agro o una vivienda en bahareque, como las grandes parcelaciones agroturísticas de más de 10 o 12 hectáreas”, explicó la funcionaria.

Por esta razón, con los ajustes al Estatuto Tributario se incluyeron gradualidades en los pagos y se establecieron límites para evitar incrementos desproporcionados e incentivar la producción agropecuaria, de la siguiente manera:

  • Pequeña propiedad rural (menor a 5 hectáreas): aumento máximo del 200 %.
  • Mediana propiedad (entre 5 y 20 hectáreas): aumento máximo del 300 %.
  • Gran propiedad (mayor a 20 hectáreas): aumento máximo del 400 %.

Asimismo, el valor máximo de las tarifas para el comercio en el sector rural quedó fijado en 9, cifra inferior a la de otras ciudades como Medellín, Manizales, Jamundí, Villavicencio, Cali y Pereira, donde se registran tarifas de 13, 16 y 18.

Otro beneficio importante corresponde a los descuentos por pronto pago. Los propietarios que registren aumentos del 15 % o 20 % en el impuesto Predial podrán acceder a un descuento del 15 % si realizan el pago hasta el 31 de marzo de 2026, evitando así asumir dichos incrementos.

“También se estableció que todos los predios o viviendas destinados exclusivamente al uso habitacional en el sector rural pagarán como si fueran estrato 1 del sector urbano”, puntualizó la secretaria de Planeación.

Finalmente, se aclaró que las parcelaciones agroturísticas y ecoturísticas quedaron correctamente tarifadas; los centros poblados fueron reclasificados como rurales conforme al Plan de Ordenamiento Territorial (POT), y los predios ubicados en suelo de expansión solo pagarán tarifa urbana si se encuentran debidamente urbanizados.

Manuel Ricardo Rojas

Manuel Ricardo Rojas

Estudiante de comunicación social y periodismo – Universidad de Ibagué.

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