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¿Cómo saber si fue seleccionado como jurado de votación? Aquí le explicamos

La Registraduría Nacional del Estado Civil dió a conocer a través de sus canales oficiales de comunicación que se ha llevado a cabo el sorteo para seleccionar a más de 41,000 ciudadanos que ejercerán como jurados de votación en las próximas elecciones regionales programadas para el 29 de octubre.

Los jurados de votación desempeñan un papel crucial en el proceso electoral, representando a la sociedad colombiana y llevando a cabo funciones públicas de carácter transitorio. Estos ciudadanos, que deben ser mayores de 18 años y menores de 60, son designados mediante un sorteo aleatorio y tienen la responsabilidad de atender y supervisar el proceso electoral en los diferentes puestos de votación.

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Las funciones que los jurados de votación deben cumplir incluyen:

  1. Atender el proceso de las elecciones, garantizando que se lleve a cabo de manera justa y transparente.
  2. Realizar los escrutinios de mesa, asegurando que los votos se cuenten de manera precisa y se registren correctamente.
  3. Registrar los resultados de la mesa en los formularios electorales, contribuyendo a la recolección de datos precisos y fiables.

Es importante destacar que estos ciudadanos seleccionados como jurados de votación también deben participar en un proceso de capacitación presencial proporcionado por la Registraduría. Para ello, recibirán la notificación correspondiente a través del formulario E-1, enviado por correo electrónico, que les informará sobre el lugar, la fecha y la hora de su capacitación.

La Registraduría Nacional ha establecido un procedimiento sencillo para que las personas puedan verificar si han sido seleccionadas como jurados de votación. A partir del 10 de octubre, los ciudadanos pueden realizar la siguiente consulta:

  1. Ingrese a la página web de la Registraduría Nacional.
  2. Seleccione la opción ‘Servicios a la Ciudadanía’.
  3. Haga clic en ‘Consulta de Jurados de Votación’.
  4. Ingrese su número de cédula.

Si ha sido seleccionado como jurado de votación, el sistema le proporcionará información sobre el puesto de votación al que ha sido asignado.

Es importante destacar que ser jurado de votación es una obligación de forzosa aceptación, según el artículo 105 del Código Electoral. Aquellas personas designadas que no cumplan con esta responsabilidad sin justa causa pueden enfrentar sanciones, que incluyen la destitución del cargo si son servidores públicos o una multa equivalente a hasta 10 salarios mínimos legales vigentes en caso de no serlo.

Además, es fundamental tener en cuenta la figura de los jurados de votación remanente. Estos ciudadanos son designados mediante resolución y tienen la función de reemplazar a los jurados titulares en caso de que no puedan asistir el día de la jornada electoral. Los jurados remanentes deben presentarse puntualmente en el puesto de votación designado a las 7:00 a. m. el día de las elecciones, y su designación se encuentra en la mesa cero (0) del puesto de votación, como establece la Registraduría.

Juan Esteban Orjuela Andrade

Juan Esteban Orjuela Andrade

Estudiante comunicación social y periodismo de la Universidad de Ibagué

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