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Corte Constitucional tumba decreto de la conmoción interior en el Catatumbo por irregularidades en las firmas ministeriales

La Sala Plena de la Corte Constitucional declaró inexequible el Decreto 131 de 2025, expedido en el marco de la conmoción interior decretada en la región del Catatumbo. Esta norma tenía como objetivo asignar recursos para proyectos de inversión en esa zona del país. Sin embargo, fue anulado por un insólito error: fue firmado por ministros que no estaban en funciones al momento de su expedición.

El alto tribunal concluyó que el decreto presentaba un vicio formal insubsanable, ya que fue suscrito por Polivio Leandro Rosales, quien actuaba como ministro (e) de Agricultura, aunque para la fecha de expedición ya había retomado funciones la ministra titular, Jhenifer Carvajalino. Además, fue firmado por Luis Carlos Reyes, entonces ministro de Comercio, un día antes de su expedición, cuando ya se encontraba en el exterior y por tanto no ejercía funciones al momento de la firma oficial.

“Con fundamento en lo anterior, la Corte concluyó que el Decreto Legislativo 0131 de 2025 debía ser declarado inexequible en su integridad”, sentenció la Corte.

En su revisión de fondo, el tribunal también cuestionó la destinación de recursos para temas ambientales y de desarrollo regional incluidos en el decreto, al considerar que se alejaban de los fines permitidos bajo el estado de excepción. De acuerdo con el precedente fijado en el análisis del decreto “madre” de la conmoción, solo se avalaron medidas orientadas a la atención de la emergencia humanitaria.

La decisión no tendrá efectos retroactivos. Es decir, los proyectos ya aprobados bajo este decreto, en ejecución y relacionados con la paz y la inversión regional, podrán continuar su curso con respaldo del Sistema General de Regalías y los recursos asignados a las regiones.

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