Corte Suprema de Justicia: Figura de ‘gestor de paz’ no sirve para evadir extradición

La Corte Suprema de Justicia advirtió que la figura de gestor de paz no es una excusa para evadir la extradición.
Este pronunciamiento se produjo al estudiar el caso de Harold Ayala Pinedo, un ciudadano colombiano que es solicitado en extradición por Estados Unidos por su presunta participación en los delitos de concierto para delinquir y lavar activos del narcotráfico.
Para evitar su extradición, el ciudadano alegó que había sido designado gestor de paz por el grupo criminal “Los Rastrojos Costeños”, en una solicitud de sometimiento enviada al Alto Tribunal.
La Corte rechazó de la solicitud, avaló su extradición y aseguró que la figura de los ‘gestores de paz’ no será utilizada para beneficio de personas vinculadas al narcotráfico que quiera evadir su extradición.
“La Corte no permitirá que aquello sea utilizado como estrategia para evadir una extradición, máxime cuando, en cualquier caso, aquello no impide, legalmente, acceder a la misma”, agrega el tribunal.
El Alto Tribunal, aclaró que la única que puede evitarlo, es la garantía de no extradición que opera para los desmovilizados que se acogieron a la paz.
“La que suspendería la extradición no es el mero hecho de autodenominarse “gestor de paz”, sino la circunstancia de encontrarse incluido dentro de los listados entregados por las extintas FARC-EP al Gobierno nacional, y haber suscrito acta de compromiso ante la Jurisdicción Especial para la Paz, lo que implicaría que aquella Jurisdicción deba valorar previamente si sobre el requerido se configura la garantía de no extradición”, señala la decisión




