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La policía no atenderá más choques simples, ¿cómo se solucionarán?

Gabriela Casanova

Gabriela Casanova

Periodista en formación – Universidad de Ibagué

Fue sancionada la Ley 2161, la cual establece que la Policía ya no atenderá choques simples en los cuales solo existan daños materiales y no se produzcan lesiones personales. Según la norma, los conductores o quienes estén implicados en el hecho podrán acudir a las compañías aseguradoras sin que sea necesaria la suscripción de algún documento por parte de la Policía. Lo que sí será un requisito fundamental es que los vehículos involucrados en el siniestro cuenten con una póliza de seguro.

“Esta determinación permite que se reduzca el tiempo de la atención al momento de un siniestro simple, lo que es muy positivo a la hora de no generar congestión en las vías que todos utilizamos”, comentó la ministra de Transporte, Ángela María Orozco.

Los involucrados en el accidente simple tendrán la posibilidad de tomar fotos o hacer videos para documentar el accidente y mostrar pruebas a las aseguradoras. También da la posibilidad de mover de la vía los vehículos que protagonicen el accidente tras la toma de pruebas, para no generar trancones. Si los implicados en los accidentes se niegan al retiro del vehículo, ahí pueden entrar a actuar agentes de tránsito para inmovilizar el los carros e imponer comparendos.

Sin embargo, «en los casos en que sea materialmente imposible el retiro de los vehículos en razón de las condiciones técnico-mecánicas del mismo, se procederá a su retiro y traslado del vehículo, sin que por estos hechos haya lugar a la imposición del comparendo por bloqueo de calzada o intersección”, se explicó en la Ley.

¿Cuándo aplica la norma?

La norma aplica solo cuando resulten afectados vehículos asegurados, inmuebles, cosas o animales. Si se producen lesiones personales o alguno de los involucrados esté en estado de embriaguez, no aplica.

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