Gobierno declaró que la liberación de Jorge Alfonso López fue un error del juez
En la mañana de este miércoles, el Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario (Inpec) confirmó que fue liberado Jorge Luis Alfonso López, quien se encontraba cumpliendo una condena de 29 años de cárcel por el asesinato del periodista Rafael Enrique Prins. López también es conocido por ser el hijo de la empresaria Enilce López, alias la ‘Gata’.
El juzgado quinto de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de Barranquilla emitió la boleta de libertad de López.
“Decretar la suspensión temporal de la aplicación de la pena que enfrenta Jorge Luis López en razón del presente proceso y hasta que se desempeñen las labores como facilitador de paz, conforme a las razones expuestas. En consecuencia, emítase orden de libertad solo por cuenta de este proceso”, se describe en la boleta de libertad firmada por el juez Orlando José Petro Vanderbilt.
Declaración del Portavoz del Gobierno Nacional, Alfonso Prada
En una rueda de prensa realizada en la Casa de Nariño, el ministro del Interior, Alfonso Prada, declaró que el juez cometió una equivocación a la hora de otorgar la libertad a López.
“El Gobierno, respetando la independencia de poderes y la autonomía de la Rama Judicial, pide al juez que otorgó la libertad del señor López que revoque la decisión, ya que no está fundamentada en las leyes vigentes”, manifestó Prada.
Como respuesta a varios artículos publicados por los medios de comunicación, el Gobierno nacional le informó a la opinión pública que Jorge Luis Alfonso López se ha estado desempeñado como facilitador de paz por 47 días desde desde su lugar de reclusión, por lo tanto, no se ha solicitado la orden de libertad.
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Este es el comunicado del Gobierno:
El Gobierno nacional se permite informar a la opinión pública:
1.Que NO ha solicitado la orden de libertad de Jorge Luis Alfonso López, quien hoy cumple una condena en prisión domiciliaria.
2.Que mediante la Resolución 075 de 2022, se autorizó al señor Jorge Luis Alfonso López para que contribuya en la labor asignada al Alto Comisionado para la Paz de verificar la voluntad real de paz y reinserción a la vida civil, así como la voluntad real de sometimiento a la justicia de los grupos armados organizados.
3.Que dicha designación está vigente por un periodo de dos meses y la labor como facilitador del señor López se ejerce desde su lugar de reclusión, sin que esto signifique configuración de delitos adicionales a los que ya fueron probados por la Justicia.
4.Que el Alto Comisionado de Paz no tiene facultades para solicitar libertades ni suspender órdenes de captura, ya que esa es una facultad exclusiva del Presidente de la República. No hay ningún decreto firmado –repito– que pida la libertad del señor López.
5.Que la Oficina del Alto Comisionado para la Paz ha verificado que el señor López sigue ejerciendo en el día de hoy su rol de facilitador desde su lugar de privación de la libertad.
6.Que el señor Jorge Luis Alfonso López es facilitador de paz desde su lugar de reclusión, y no gestor de paz como se afirma en algunos medios de comunicación en forma equivocada.
7.Que la labor de los facilitadores es contribuir a los acercamientos y conversaciones que posibilitarán el desmantelamiento de grupos armados ilegales, en lo que estamos empeñados, que opten por acogerse a la justicia en el marco de la política de Paz Total.
8.La Oficina del Alto Comisionado para la Paz ha certificado que el señor López ha desempeñado durante 47 días esta labor desde su sitio de reclusión. Para finalizar este encargo le quedan 13 días.
9.El Gobierno Nacional, respetando la independencia de poderes y la autonomía de la Rama Judicial, pide al juez que otorgó la libertad del señor López que revoque la decisión, ya que no está fundamentada en las leyes vigentes.
Fuente: Presidencia de la República
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