Programa de Apoyo al Empleo Formal será extendido hasta el mes de agosto

Así lo dio a conocer el Gobierno Nacional dada a la situación actual que se vive por causas del Covid-19 donde la gran mayoría de los empleos en el país fueron suspendidos, así las cosas, se busca ampliar por un mes más este programa que busca beneficiar a las empresas y empleados formales del país.
El viceministro general Juan Alberto Londoño, manifestó que, «esta decisión surge luego de un análisis profundo con el equipo técnico del Ministerio y la UGPP (Unidad de Pensiones y Parafiscales). Queremos darle un impulso adicional a la economía tomando en cuenta el proceso gradual de reapertura de varias empresas de todo el país. Nuestra meta es que muchos más colombianos tengan garantizado el subsidio a la nómina por un mes más y, de esta forma, puedan conservar su empleo».
Según el documento Ministerial, se expone lo siguiente:
- El Decreto Legislativo 815 que reglamentó esta ampliación también incluyó dentro de los beneficiarios del programa a los establecimientos educativos no oficiales de educación formal, los cuales serán validados por el Ministerio de Educación Nacional.
- Así mismo, se adicionó un parágrafo con el fin de proteger a aquellas empresas que están fusionándose para minimizar el impacto de la crisis, pues si hay un nuevo empleador, este será el que se beneficie del programa.
- Finalmente, se estableció una disposición clara que exime de retención en la fuente los giros del Programa que hagan las entidades financieras a los beneficiarios.
El Decreto Legislativo 815 del 4 de junio del 2020, expide que:
Artículo 1: Tiene por objeto crear el Programa de Apoyo al Empleo Formal- PAEF, con cargo a los recursos del Fondo de Mitigación de Emergencias -FOME, como un programa social del Estado que otorgará al beneficiario del mismo un aporte monetario mensual de naturaleza estatal, y hasta por cuatro veces dentro de la temporalidad del Programa, con el objeto de apoyar y proteger el empleo formal del país durante la pandemia del nuevo
Coronavirus COVID-19.
Beneficiarios del Programa de apoyo al empleo formal – PAEF:
- Hayan sido constituidos antes del 10 de enero de 2020.
- Cuenten ‘con una inscripción en el registro mercantil. En todo caso, esta inscripción deberá haber sido realizada o renovada por lo menos en el año 2019.
- Demuestren la necesidad del aporte estatal al que se refiere el artículo 1 del presente Decreto Legislativo, certificando una disminución del veinte por ciento (20%) o más en sus ingresos.
- No hayan recibido el aporte de que trata el presente Decreto Legislativo en cuatro ocasiones.
No podrán ser beneficiarios del Programa de Apoyo al Empleo Formal – PAEF las entidades cuya participación de la Nación y/o sus entidades descentralizadas sea mayor al 50% de su capital.
No podrán acceder a este Programa las personas naturales que se encuentren en cualquiera de las siguientes condiciones:
- Tengan menos de tres (3) empleados reportados en la Planilla Integrada de
Liquidación de Aportes -PILA- correspondiente al periodo de cotización del mes de febrero de 2020 a cargo de dicha persona natural.
- Sean Personas Expuestas Políticamente -PEP- o sean cónyuges, compañeros permanentes o parientes en el segundo grado de consanguinidad, primero de afinidad o único civil de Personas Expuestas Políticamente -PEP-.
Para conocer más sobre el Decreto 815, puede ingresar a través del siguiente enlace:
(Con información tomada del Decreto 815 y MinEducación).




