Gobierno Nacional aclara que las solicitudes de suspensión de capturas no son amnistías ni indultos
Este lunes, el ministro del Interior, Alfonso Prada, aclaró que el decreto que le da la facultad al presidente de la República para hacer las solicitudes de suspensión de capturas no es una amnistía o un perdón judicial.
“Quienes vayan a ser beneficiarios de esta medida quedan vinculados judicialmente a los expedientes y correrán la suerte que, finalmente, definan los jueces en sentencia judicial. Los procesos, por ende, no se suspenden”, explicó el ministro. Asimismo, comentó que la medida está dirigida a líderes sociales que podrían aportar contribuir a la convivencia pacífica en sus territorios.
Le puede interesar: La inflación en Colombia alcanzó un nuevo máximo histórico
El ministro Prada explicó que en el Decreto se definirán las funciones que tendrán los beneficiarios, quienes deberán atender a la resolución de conflictos o cuidar los bienes que, por ejemplo, suelen ser destruidos en las protestas, para no se repitan este tipo de comportamientos y conductas.
Por lo tanto, se determinó conformar una Comisión de Alto Nivel que se encargará de la reglamentación del decreto. Prada indicó que la Comisión la integrarán el ministro de Justicia, Néstor Osuna, el Alto Comisionado para la Paz, Danilo Rueda, y su persona.
La Comisión “tendrá la misión de recomendar y asesorar al presidente en la utilización de esta facultad, concedida por el Congreso de la República y que procederemos a reglamentar”, manifestó el ministro.
En dicha reglamentación, según aseguró Prada, “quedará consignado que no podrán, bajo ninguna circunstancia, violar una sola norma jurídica so pena de ser revocado el beneficio de la suspensión de la captura”.
Fuente: MinInterior
Un comentario